www.acemto.com

viernes, 15 de noviembre de 2013

Qué es el certificado de eficiencia energética y qué debe incluir.

Conoce realmente contado por técnicos certificadores con amplia experiencia que debe contener tu certificación energética, para que sepas que te están cobrando y que "regalando".

viernes, 8 de noviembre de 2013

Llegó el certificado de eficiencia energética.... y todos a chupar del saco, pero realmente ¿cuánto cuesta mi certificado, cuanto de lo que a veces pagamos repercute en él?

Inmobiliarias, portales de certificadores, reformistas, buscadores de trabajo, empresas de cupones descuento, el panadero y el boticario, todos se han apuntado y están ofreciéndolo a los mismos precios que los técnicos independientes o incluso menos ¿por qué?... anda, sigue leyendo y te enteraras donde va tu dinero.



El hospital de La Paz necesita tu apoyo contra el cáncer de mama.


La Paz busca votos para lograr 10.000 euros destinados al cáncer de mama.

Aunque no es ni de lejos el tema de este blog, en acemto, sensibilizados con la lucha contra el cancer, desde nuestra pequeña posición queremos sumarnos como altavoz de todas las iniciativas que lo soliciten publicamente.

En esta ocasión os vamos a pedir que visitéis la web que os dejamos en el enlace de abajo y votéis, es muy rápido, simple y gratuito. 


Noticia: 

"El Hospital La Paz pretende ganar 10.000 euros de premio que de conseguirlo se destinarán a un proyecto europeo de investigación contra el cáncer de mama.

Se trata del primer concurso europeo en el que compite con un hospital de Londres, que aventaja al de Madrid en 700 votos.

En el mismo se han involucrado a todos los estamentos del hospital que han hecho un gran esfuerzo para lograr el premio.

Para votar hay que entrar en la página http://www.pinkglovedance.eu/videos/2013-video-contest/la-paz. En la parte derecha aparece la palabra VOTE. A continuación hay que meter el correo electrónico y más tarde en ese mismo correo se confirma el voto.
"


Faltan menos de 15 horas para el final de la votación. Ánimo.

martes, 5 de noviembre de 2013

Inspecciones para comprobar el cumplimiento del Certificado de Eficiencia Energética.

La administración está a punto de comenzar las inspecciones tanto de los certificados energéticos emitidos, como de las transacciones de venta o alquiler realizadas desde el 1 de junio de 2.013.


Aragón TV - Noticias 2 - 30/10/2013  20:30 h


miércoles, 24 de julio de 2013

Técnicos Competentes para emitir Certificados de Eficiencia Energética de edificios existentes. 


Según un nuevo documento del Ministerio de Industria de este mes de julio, los técnicos habilitados para emitir los nuevos certificados energéticos son Arquitectos, Arquitectos técnicos o Aparejadores, Ingenieros Industriales y algunas otras Ingenierías*.



martes, 2 de julio de 2013

Certificados de Eficiencia energética de Inmobiliarias

Certificados de eficiencia energética ofrecidos por las Inmobiliarias... ¿a precios de coste?.

   Las inmobiliarias le ofrecen los certificados de eficiencia energética para sus inmuebles a precios tan competitivos como los emitidos por técnicos directamente, ¿es esto posible?


   Hoy quiero contarles un par historias para reflexión de todos aquellos usuarios que están buscando precio para la realización de su certificado energético, para ello voy a poner un ejemplo muy gráfico:

   [...]

    Juan es fabricante de barras de pan (panadero). Juan ha calculado que para su producción normal, una barra de pan le cuesta 80 céntimos de euro. A Juan un día la suerte le sonríe, por su pan bien elaborado una cadena le quiere hacer un encargo de 9.000 barras de pan, pero necesitan que les ajuste el precio, pues les parece muy buen pan pero no queda margen para incluir ellos su beneficio y vender al mismo precio que Juan. 

   Juan echa cuentas, comprará la harina y demás materia prima en grandes cantidades, lo que le permitirá bajar el coste de las mismas, entre otras cosas, con lo que les deja el precio a 45 céntimos la barra. La cadena de distribución le mete otros 35 ó 40 céntimos y lo vende cómo pan de horno tradicional a 85 céntimos. Bien por Juan.

   Bien ahora pongamos otro ejemplo: Pedro, Ingeniero, que hace certificados de eficiencia energética. Tarda en realizar un certificado energético completo, de principio a fín incluido registro unas 5 horas, que multiplicado por el precio de su hora le da un coste.

   Un día Pedro se topa con una inmobiliaria que le ofrece 100 pisos pero deberá bajarles el precio, ellos deben meter su margen, entre 10 y 40%. Pedro echa cuentas, el no compra harina que negociar más barata por cantidad, no le van a suministrar los A4 más baratos, la tinta, la gasolina, Pedro tanda lo mismo en cada uno de los 100 pisos. pero ahora los tendrá que hacerlos más rápido, pues lo único que puede abaratar, su tiempo, dado que el resto de costes imposible. Tan rápido como un 40% más, es decir Pedro tiene que tardar 3 horas por piso. Teniendo en cuenta que la toma de datos y la entrega final a Pedro le llevará ya esas 3 horas... esto no cuadra. Pedro hará otra cosa para esa inmobiliaria, pero un certificado correcto, dependerá de la complejidad del mismo y la suerte, y Pedro se la juega, por necesidad.

      [...]

   Con esta pequeña historia queremos escenificar al cliente lo que están comprando en todo momento, señores la rueda ya se inventó hace mucho. Para cada cosa que deseemos hacer en la vida, si queremos que esté bien hecha nos llevará X tiempo, con ligeras variaciones de habilidad, pero nada más.

   acemto trabaja para inmobiliarias, a las cuales les hace pequeños descuentos en función de una serie de indicativos de los paquetes, misma ubicación para rentabilizar los desplazamientos, etc., pero no hacemos ni barras de pan, ni churros. algunas hemos rechazado por precios imposibles para nosotros sin alterar los tiempos de trabajo de cada certificado.

   Con acemto certificación usted tiene la posibilidad de contratar el certificado de eficiencia energética a precios económicos reales, sabiendo que todo el coste irá al trabajo de su certificado, sin intermediarios que posiblemente puedan mermar el tiempo de dedicación al mismo.

   acemto, por calidad, precio, servicio y garantía es uno de los mejores. GARANTIZADO. 
Llámenos y compare.



   

   





Cuanto cuesta realmente un certificado energético de viviendas

¿Cuanto cuesta realmente un certificado de eficiencia energética de viviendas existentes?

    Buscando en internet, en inmobiliarias, en constructoras, promotoras, conocidos, etc., puedes encontrar tantos precios que parezca que no te están ofreciendo lo mismo. Pero realmente cuanto cuesta un certificado de eficiencia energética para viviendas o edificios existentes?. Intentamos darte algunas nociones al respecto.

  Efectivamente en la actualidad la coyuntura económica que atravesamos está mostrando al cliente una disparidad de precios a la hora de presupuestar los nuevos certificados de eficiencia energética que parezca que no son lo mismo dependiendo de quién los haga.
 
  Lo normal sería que los precios para cada tipo de inmueble fuesen más o memos parecidos, y en esa pequeña diferencia cada uno elegiría la que mayores garantías de profesionalidad le ofrecca, pero esto no es así ni por mucho.

  Ayer un cliente nos comentaba que había encontrado precios desde 30€ hasta más de 400€ para un piso de 95 m2 en Madrid, y nos hacía la pregunta al contratar nuestros servicios: ¿Cómo puede ser ésto?. Esto nos hizo lanzar esta pequeña reflexión desde este Blog para los usuarios de estos servicios.

  En primer lugar indicarle que el certificado no lo hay 'bueno' y 'malo' (o no debería ser así), éste es único, puede haber cierta diferencia en valores absolutos incluso haciéndolos dos técnicos distintos, pero no puede ser que uno le salga una E y otro para lo mismo una B, por ejemplo.

  NO EXISTE el certificado rápido para pasar el trámite, y el bueno bien ejecutado. El trámite tiene tras él un fin, que pueda ser criticado por los particulares o no por unas u otras razones, pero para cumplirlo SÓLO se puede hacer con un CORRECTO CERTIFICADO que refleje la realidad* (hay que tener en cuenta que según el IDAE en su comparativa con CALENER éstos métodos simplificados se ajustan en un % inferior al 100% a la realidad).

  Donde está la diferencia, muy sencillo, algunos 'técnicos' están bajando los precios hasta cotas imposibles, pero evidentemente eso lo repercuten en la dedicación en tiempo al certificado, ahorrándose desde la rigurosa visita de toma de datos, darle al automático al programa, y al final todo por email o correo y listo. 50€.....ESO NO ES UN CERTIFICADO, será otra cosa, pero no un certificado de eficiencia energética. Eso sí el trámite lo cumple por ahora.

  Los clientes a veces presionan a los técnicos para conseguir mejores letras, pero eso sí al precio del descrito en el párrafo anterior, no seamos 'ilusos señores', acaso piensan que dichos 'técnicos' le van a dedicar más de 30 minutos a su certificado, o como mucho una horita.

  Como ya hemos indicado en otras entradas de este blog, un certificado bien realizado para un piso, por ejemplo, de 90 m2, al técnico le puede llevar con todo el proceso, desde el principio hasta el final, de 6 a 8 horas de trabajo, calculen un precio medio entre 15 y 29 €/hora técnico especializado, ahora sumen otros gastos, y el resultado está servido.

   Es completamente lícito que los técnicos se bajen los honorarios tanto como puedan para competir, que reduzcan los gastos generales, etc., pero no que le restemos horas y profesionalidad al trabajo bien hecho, el cliente no sabrá diferenciar a priori y por eso confía en nosotros cuando nos contrata, Señores que somos Profesionales de la Arquitectura, de la Ingeniería y nos debemos a unos límites para con nuestros clientes, que no se nos olvide ante todo.  

  Nosotros desde acemto animamos a todos nuestros clientes que una vez contacten con nosotros y les informemos comparen precios y servicios en el mercado y elijan lo que deseen y se ajuste a sus necesidades. acemto no les ofrece certificados 'capados' y en automático para bajar el precio.


    A todos nuestros clientes, cada vez más afortunadamente, les indicamos la razón de los ESPECTACULARES PRECIOS que consigue con nosotros sin alterar ni una coma la calidad, profesionalidad y garantía de los técnicos, obteniendo los mejores resultados.


   El mercado es libre, y nosotros no vamos a indicar a esos 'técnicos' sus conductas profesionales y éticas, o a los clientes la nada despreciable razón de querer ahorrar lo máximo posible, pero si queremos informar desde esta plataforma, por que el cliente debe elegir pero con suficiente conocimiento para que la decisión sea acertada.

   El equipo de acemto certificación estamos a su total disposición para aclararle todas las dudas que usted como cliente pueda tener al respecto, de forma totalmente GRATUITA. 

   BUSQUE PRECIO, BUSQUE CALIDAD y obtendrá los mejores RESULTADOS. GARANTIZADO.
  

lunes, 24 de junio de 2013

Precios bajos para los certificados de eficiencia energética

Precios bajos para los certificados de eficiencia energética.


Desde acemto certificación queremos hacer una reflexión a los particulares que están buscando y comparando precios para su certificado energético, que el precio no sea el único factor a tener en cuenta.







     El equipo de acemto veritas certificación ya ha realizado en lo que va de més más de cien certificaciones a particulares y según sus conclusiones finales una vez terminado el proceso con "total satisfacción y garantía, además de obtenerlo a un precio inmejorable."

     Desde acemto queremos hacer una pequeña reflexión a los solicitantes, por que nos están llegando comentarios de lo que en ocasiones se encuentran los clientes en su búsqueda de precio para la elaboración del mismo.

     El mercado como todos sabemos está verdaderamente competitivo, con una discrepancia de precios espectacular, y eso es lícito, que cada técnico cobre lo que quiera o pueda, pero estamos detectando que a veces el precio no se corresponde con la realidad.

     Un certificado de estás características para una vivienda media de 100 m2 debe contener como mínimo:

1. Visita de un técnico habilitado para proceder a la toma de datos del inmueble: Medir cerramientos, orientaciones, caracteristicas de los huecos, carpinterías, cristales, instalaciones; Producción de agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración, consumos, datos de facturas, datos para el análisis de sombras, etc.

2. Estudio y análisis de los datos recogidos en la vivienda mediante las aplicaciones informáticas homologadas a tal efecto, estudio de sombras, localización de datos de los equipos si no ha sido posible recogerlos en la vivienda, análisis de propuestas para mejorar la calificación que al final se traduccan de realizarse en un menor consumo y emisiones CO2 mas bajas.

3, Registro del certificado emitido por el técnico en la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble: rellenar las hojas de solicitud, anexar la documentación necesaria.

4. Seguimiento del estado de la solicitud, por si surgen incidencias.


5. Obtención de la etiqueta con un número de registro, plazo de validez e indicadores obtenidos.

6. Entrega de la documentación al propietario. Es importante que sea en persona y el mismo técnico certificador para que le pueda informar ahora con el certificado en la mano sobre los indicadores, medias propuestas u otro tipo de aclaración.

   Además se deberá incluir un Informe Técnico anexo del mismo, con toda la información que marca el RD 235/13 y hay que dar al propietario, y demás apuntes que el técnico crea conveniente incluir.

   Otros servicios añadidos que suelen suelen interesantes para el usuario final, siempre que los mismos no carguen innecesariamente el precio,

   y todo sin perder la profesionalidad que debe poseer un técnico de estas características.

   En definitiva, no se trata de ir quitando de aquí y de alli, darle al automático y listo. Quizá haya clientes que realmente sea lo que buscan no importando mucho el resultado, bien, en esos casos adelante con el más barato y que evidentemente menos servicios y fiabiliad le incluyan para obtener esos precios. Pero existe una porción mayoritaria de clientes que buscan, sin caer en ese cierto error, ni tampoco buscar certificados tipo NASA, un equilibrio entre el precio y la calidad, pensando (según comentarios de muchos de ellos) que 10 años son muchos años y no tardando la calificación obtenida será un diferenciador de peso a la hora de poder subir el precio para venta o alquiler, quizá ahora en plena crisis no, pues al igual que con los precios de las certificaciones, los compradores o inquilinos sólo buscan precio bajo importando muy poco lo que puedan consumir demás por ser una vivienda poco eficiente, y ni que decir el CO2 emitido, pero no vamos a estar siempre en crisis, y en épocas normales o vacas gordas los clientes buscan calidad antes que precio.

   Os dejamos un enlace a un artículo de El Mundo del miércoles 19 de junio de 2.013. Pincha aquí.

    y como conclusión siempre indicamos a todas las personas que nos llaman solicitando presupuesto que una vez reciban el nuestro comparen, nosotros les GARANTIZAMOS que no encontrarán el mismo precio con el mismo SERVICIO, al final del proceso ellos mismos nos lo confirman. Cada día somos más, cada día mejor. acemto veritas certificación.

martes, 18 de junio de 2013

Como registrar un certificado energético en la Comunidad de Madrid

Como registrar un certificado energético en la Comunidad de Madrid.

El registro de los certificados de eficiencia energética de edificios existentes en el registro habilitado al efecto en las comunidades se hace engorroso para el ciudadano.



   

    El registro de los certificados de eficiencia energética para edificios existentes habilitado en las comunidades a priori puede ser un lío para el particular, con las condiciones actuales de validación.

    Desde acemto veritas certificación, llevamos más de 100 registros realizados para nuestros clientes, y queremos hacer algunas reflexiones sobre el registro en Madrid, así como un pequeño guión del proceso.

    En primer lugar, y tras multitud de registros como hemos comentado, creemos que no es fácil para el propietario, que pincipalmente va a registrar una o dos viviendas, el proceso de obtención de las firmas digitales validadas.

    Pincha aquí si quieres acceder a la página web del Registro Telemático de la Comunidad de Madrid para certificados energéticos de edificios existentes.

 

. Necesidad de Certificado reconocido para firmar las solicitudes.

    Lo primero que debe poseer la persona que vaya a registrar es un certificado válido para autentificación y firma de documentos telemáticos reconocidos por la Comunidad de Madrid. Aquí dejamos un enlace con la Relación de certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Por dichas firmas los organismos que las expiden cobran. alguna que es gratuita para los ciudadanos de la Comunidad de Madrid es el certificado de ciudadano de Camerfirma (Camara de Comercio), que está subvencionada por la comunidad, o el D.N.I.electrónico.

     El Certificado de Camerfirma está dando problemas a la hora de reconocerlo por el servicio, según hemos podido comprobar hablando con Camerfirma y la Comunidad de Madrid. están intentando solventarlo. Además después de solicitarlo por internet a cemerfirma, se tiene que personar el interesado en uno de los puntos de registro de la comunidad para que sea validado, con el DNI.

     Para utilizar el DNIe es necesario disponer de un lector de tarjetas electrónicas con características especiales para el DNIe. Si no lo trae el ordenador integrado, o el teclado, hay que comprar un 'aparatito' que se conecta al USB. Ente 15 y 25 €. Después habra que instalarle a nuestro PC el Módulo criptográfico que corresponda, los drivers adecuados y las actualizaciones Java, navegadores adecuados y demás. 

    Hasta este punto facilito para un sólo registro como particular, y no hemos empezado.


2º. Registro Telemático Certificado en la Web de la Comunidad de Madrid.

  Si todo lo anterior funciona, empieza el proceso:

-  Desde el siguiente enlace accedemos a la web de registro.
-  Pinchamos en Gestión, arriba a la derecha.
-  Nos llevará a otra página de Envío Telemático de Solicitudes, pinchamos Acceso >.
-  Ahora solicitará que le marquemos de una lista que certificado deseamos utilizar, en caso de tener más de uno, si sólo tenemos el DNIe que es el más frecuente, aparecerá nuestro nombre. Le pinchamos y aceptamos.
-  Pedirá el PIN del certificado. Se lo introducimos. 
-  Se abrirá una página en el navegador con un documento en PDF para rellenar, ojo que se tiene que abrir en el navegador, no puede abrirse en adobe aparte. Puede dar problemas hasta que configures correctamente el mismo y depende el que vayas a usar.
-  Lo cumplimentamos con todos los datos del certificado que nos ha facilitado el Técnico Certificador.
-  Para conseguir las coordenadas UTM puedes pinchar aquí.
-  Cuando lo tengamos completo, imprimimos una copia y pulsamos ENVIAR.
-  Nos abrirá otra página donde debemos indicar el certificado instalado en el PC y darle a FIRMAR.
-  Ahora tendremos que adjuntarle todos los documentos que el técnico nos ha facilitado, previo escaneo de los mismos. en cada uno deberos indicar una pequeña descripción y firmarlo nuevamente.
-  si ya lo tenemos todo damos a enviar y nos saldrá una página con el Nº de solicitud y los datos de fecha, hora y documentos, indicándonos que la solicitud del Registro se ha realizado.


3º. Fin del proceso.

Podemos consultar el estado de nuestro registro en el siguiente enlace, siempre con el certificado instalado o el DNIe en el lector. 

Todo lo descrito para el registro sólo se podrá realizar desde el ordenador donde hayamos instalado la firma o tengamos el lector DNIe, si queremos consultar desde otro sitio, tendremos que hacer el paso 1. Los certificados se pueden transportar en memoria USB.

    Al día siguiente si todo vá bien nos asignará un número de expediente y matrícula. y transcurridos 2 días hábiles nos indicarán un número de registro para el certificado que tendremos que copiar para poder imprimir la etiqueta.

    Este es el enlace para la descarga de la etiqueta de certificado energético. Sólo la podremos descargar cuando tengamos asignado un nº de Expediente a la solicitud.




    Dicha etiqueta la adjuntaremos al certificado emitido por el técnico y listo por 10 años.



      Llamemos si necesita el registro de su certificado que no le hayamos emitido nosotros.Todo el equipo de acemto veritas certificado estaremos encantados de ayudarle.

      Como bien saben ya más de 100 clientes acemto se encarga de todo a los precios más baratos del mercado, NO BAJAMOS CALIDAD, BAJAMOS LOS PRECIOS,  por que quien sabe contratar, contrata acemto veritas certificado.

       Para contactar con acemto pinche aquí y dejenos un aviso, un técnico le llamará o llame al 639.49.23.05, solicite presupuesto y compare, GARANTIZADO.

       www.acemto.com  para los que saben ahorrar.



    

















   

domingo, 16 de junio de 2013

Precios Super-Chollo para los certificados de eficiencia energética

Precios Super-Chollo para los certificados de eficiencia energética.

A la hora de contratar el Certificado de Eficiencia energética para nuestras viviendas o locales podemos encontrar precios tan baratos que quizá lo que contratemos sea de todo menos un certificado, atención a ésto.



      Basta con darse un pequeño paseo por internet para ver la discrepancia de precios que los certificadores están ofreciendo a los posibles clientes, algunos de ellos pueden ser verdaderas bombas de relojería.

      Desde el equipo de acemto veritas certificación queremos informar a los clientes de como realmente se elabora un certificado de estas características para que sepamos valorar realmente lo que contratamos.

     En primer lugar le haríamos una pregunta a usted como futuro contratador de estos servicios:

     ¿Trabajaría usted prácticamente gratis en su trabajo, sea cual sea éste?, y si le obligasen a ello ¿Se esmeraría en la realización del mismo con la tranquilidad suficiente como para saber que lo está desarrollando correctamente? Piense en ello.

    A los usuarios: Un certificado de eficiencia energética para una vivienda tipo, por ejemplo un piso dentro de un bloque de viviendas, al técnico certificador le llevará de 6 a 8 horas de trabajo: Desplazamientos a su vivienda para la toma de datos y vuelta a la oficina, estudio de los datos obtenidos para procesarlos en la herramienta informática más adecuada y correctamente, análisis de los resultados con coherencia a lo que se pretende certificar, estudio de las soluciones para obtener una mejor calificación, análisis de costes, etc., entrega de documentación, registro, vuelta a entregar el mismo al cliente, gastos de gasolina, amortización de equipos y coche, impuestos de altas en Seguridad Social... 

    La cuestión es simple: si como técnico le estoy cobrando muy barato por el certificado, y al final necesito cubrir unos mínimos, necesitaré realizar muchos a los largo del mes, por lo que no podré dedicar mucho tiempo en cada uno, o no visito la casa, o me invento la mitad de los datos, o me da igual lo que el programa me arroje como resultado, una copia por email o correo y andando, es fácil hacer las cuentas.

    A los técnicos: todos sabemos que por el momento no están multando por todo aquello que el certificado dice que hay que hacerlo, si no se realiza correctamente, y eso puede hacer que ante la necesidad de obtener algo de dinero para 'vivir' nos pueda dar igual por el momento, pero no engañemos a nuestros clientes, si dentro de muy poco, cuando se aprueben definitivamente las sanciones, el organismo/s encargados de la supervisión y control esté completamente organizado y funcionando, ¿pensamos que las primeras no las van a revisar? ¿Le hará mucha gracia a esos clientes que nos contrataron por 50€? ¿que pasará si tenemos la mala suerte de que nos pillan y multita al canto?

    Es lícito que los clientes aprieten todo lo que puedan, esto es el libre mercado; Es lícito que nosotros los Certificadores bajemos al máximo los precios, SI, pero tengamos en cuenta señores compañeros que estamos firmando un Certificado que el cliente utilizará para alquilar o vender un inmueble, es decir, con él podrá firmar un contrato, ¿y si resulta que al final no es válido?

    Un producto no se hace más barato por que sí, un producto se abarata en base a algo menos que le estamos restando al producto, honorarios, horas, atención, visitas, y puede llegar un punto que DEJE DE SER EL MISMO PRODUCTO inicial.

    Animamos a todos aquellos que podamos ofrecer el Certificado de eficiencia energética muy barato sin perder la idea de lo que estamos haciento y no bajando la calidad de los mismos y el servicio a nuestros clientes LO HAGAMOS.

    Consejo a los clientes:  NO le estamos animando desde aquí a que contrate por 500€, nosotros haríamos lo mismo que usted, buscar el más barato, pero comparando lo que me ofrecen por esos precio tan bajo, la calidad, el servicio y garantía dentro de esos chollo precios.

    BARATO SI, pero con CONOCIMIENTO. al final estaremos tranquilos y sin sobresaltos.

    equipo acemto veritas certificado.

    www.acemto.com

lunes, 3 de junio de 2013

Hay que certificar viviendas de menos de 50 m2?

¿Hay que certificar viviendas de menos de 50 m2?

Confusión con la obligación o no de certificar viviendas de menos de 50 m2, es un error tipográfico del Real Decreto 235/2013 o realmente no hay que certificar dichas viviendas.

¿Hay que certificar viviendas de menos de 50 m2 en bloque?

    Últimamente en acmeto asistencia técnica, estamos teniendo multitud de solicitudes de información sobre si es necesario certificar pisos de menos de 50 m2, y todo viene originado por una mala interpretación o una mala redacción de un párrafo del Real Decreto 235/2013 sobre la obligación de certificar edificios existente.

    El párrafo en cuestión se encuentra dentro del citado R.D., en el artículo 2. ámbito de aplicación., punto 2 e) que dice así:

  "Artículo 2. Ámbito de aplicación.

   [...]

   2. Se excluyen del ámbito de aplicación:

          e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2."

   Bien pues según la interpretación de los técnicos certificadores de acemto asistencia, y hasta que el Ministerio se pronuncie oficialmente en otro sentido (cosa que ni está ni se le espera), se podría desglosar así el citado punto:

    Realmente lo que dice es que NO será de aplicación para edificios o parte de los mismos aislados menores de 50 m2.

     Es decir, no se certificará:     - Edificios menores de 50 m2

                                                       - Partes independientes de edificios menores de 50 m2.

    Un piso dentro de un bloque de viviendas no se considera un edificio ni tampoco es parte de un edificio aislado, puesto que está dentro del conjunto del mismo al que constructiva y legalmente está unido y del cual depende en su totalidad para su 'existencia' y seguramente cualquier edificio que cuente con más de una vivienda superará los 50 m2.

  
    El CTE - HE1 de limitación de la demanda energética, prácticamente definía ya los mismos tipos de inmuebles que se libraban de la aplicación del mencionado documento. (CTE-DB HE1, punto 1.1.2 f)), y en aquel caso este punto se definió para edificaciones de escaso valor constructivo y poco uso residencial habitual.

   Según consulta al IDAE, esto que os estamos contando ellos lo entienden de la misma manera, con lo que viviendas de menos de 50 m2, dentro de un bloque de viviendas, hay que certificarlas.

    Otra cosa será el precio que como particular consigamos de los certificadores. En acemto le ofrecemos los certificados de eficiencia energética más baratos que podrá encontrar. consúltenos en www.acmeto.com o certificado-energetico-barato-2013.com.





viernes, 31 de mayo de 2013

Sanciones por incumplimiento del certificado energético

Cuantía de las 'Sanciones' por no cumplir con el RD.235/2013, ¡¡hasta 6.000€!!
Las infracciones por el incumplimiento o falsedad a la hora de certificar energeticamente las viviendas o locales ya existentes, se modificaran respecto a la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.




Se van definiendo las sanciones que se aplicarán por el incumplimiento o la falsedad a la hora aplicarlo, por cualquiera de las partes intervinientes en el proceso, del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Este Real Decreto nos indica en el capítulo V, artículo 18, Infracciones y sanciones:

"El incumplimiento de los preceptos contenidos en este procedimiento básico, se considerará en todo caso como infracción en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en las normas de rango legal que resulten de aplicación.

Además, el incumplimiento de los preceptos contenidos en este procedimiento básico que constituyan infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios de acuerdo con lo establecido en los apartados k) y n) del artículo 49.1 del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, se sancionará de acuerdo con lo establecido en el capítulo II del título IV del texto refundido citado."

...y el citado Real Decreto Legislativo 1/2007 en su articulo 51, capitulo II, titulo IV nos dice:

"Artículo 51. Sanciones.

1. Las infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios previstas en esta norma serán sancionadas por las Administraciones públicas competentes con multas de acuerdo con la siguiente graduación:

     a) Infracciones leves, hasta 3.005,06 euros.
   b) Infracciones graves, entre 3.005,07 euros y15.025,30 euros, pudiendo rebasar dicha      cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los bienes o servicios objeto de la infracción.
    c) Infracciones muy graves, entre 15.025,31 y 601.012,10 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los bienes o servicios objeto de infracción."

...vamos para que te entren los siete males pero todos juntos.

Bueno pues el gobierno está preparando un régimen sancionador adaptado al incumplimiento en materia de la Certificación de la Eficiencia energética que podría quedar así (por el momento son solo enmiendas):

[....]

1) Se considerarán infracciones muy graves:

- Falsear la información en la expedición o registro de los certificados,

- Actuar como técnico certificador o agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar la habilitación pertinente,

- Publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios una certificación que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado.

- La reiteración: esto es el cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción, y será muy grave si durante los tres años anteriores se hubiera impuesto una sanción firme por la misma actuación.

2)  Se califican como graves:

- Incumplir la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación,

- No presentar el certificado ante la comunidad autónoma para su registro,

-No incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del inmueble,

- Exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real,

- Vender o alquiler un inmueble sin que el vendedor o el arrendador entreguen el certificado en vigor al comprador o arrendatario.

3)  Constituirán infracciones leves:

- Publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de Certificado sin hacer mención a su calificación,

- No exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio

- Exhibir una sin el formato y contenido mínimos,

- Expedir certificados sin la información mínima,

- Incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificados,

- No incorporar el certificado en el Libro del Edificio

- Publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado.

[...]


Y como podrían quedar cuantificadas las sanciones:

     -  Infracción Leve:                 de 300 a 600 € 
     -  Infracción Grave:             de 601 a 1.000 €
     -  Infracción Muy Grave:    de 1.001 a 6.000 €

con una anotación que nos indica que si el beneficio que el infractor hubiera obtenido por la infracción fuera superior al importe de la sanción se impondrá por un importe “equivalente” al de dicho beneficio, teniéndose en cuenta en la graduación el daño producido, el enriquecimiento obtenido injustamente y la concurrencia de intencionalidad o reiteración.

bueno pues ya iremos viendo en que va quedando todo ésto, por el momento es mejor no jugársela tanto si eres técnico como cliente, quizá a la larga lo que te pretendes ahorrar te salga muchisimo más caro.